La propiedad como tal, se
concibe como el derecho humano y universal que posee cualquier persona para
poder usar, gozar y disfrutar libremente conforme a la ley, de los frutos que
un bien (Ya sea mueble o inmueble) le aporte y que a su vez constituye parte
del patrimonio de ésta. De esta manera, se le confiere al titular de dicho
derecho, la capacidad de disponer de la cosa y ésta no puede ser violentada por
el Estado a menos que esté debidamente justificado y acompañado de la justa y
debida indemnización.
En este sentido, la obligación
más importante del Estado para con sus habitantes es otorgarles la mayor suma
de felicidad posible y la protección de la propiedad privada es un aspecto
fundamental para lograrlo. Nuestro país cuenta con normativas jurídicas que
buscan cumplir con dicho fin, tal es el caso de la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela en su artículo 115 que establece la protección de la
propiedad privada y las condiciones para expropiarla; el Código Civil en el
artículo 545, así como también, el Código Penal en su artículo 471-A que pena
el delito de la invasión como una violación a la propiedad referida a un bien
inmueble, por citar algunos.
A pesar de esto, las políticas
que implementa el Estado venezolano en la actualidad son contrarias a ello,
puesto que, se amparan los delitos contra la propiedad privada, a través de su falta
de acción ante la ocupación ilegal o invasión de edificaciones privadas
(Incluso siendo impulsadas por el mismo Estado, como fue el plan “Ubica tú casa”
para ocupar las viviendas que fueron abandonadas por sus dueños al migrar) y en
la prohibición de los desalojos, por ejemplo. Así mismo, se viola dicho derecho
en el ámbito comercial con las fiscalizaciones constantes a empresas y locales que
buscan su cierre con la aplicación de multas sumamente elevadas, e inclusive expropiarlas arbitrariamente.
Aunado a lo anteriormente
expuesto, se puede concluir que la propiedad privada en Venezuela se encuentra
vulnerable, debido a que, se protege en teoría por lo consagrado en los
distintos basamentos legales que imperan en nuestro Derecho, pero que, en la
práctica es el mismo Estado quien por medio de sus políticas apadrina y no
castiga a las personas que incurren en estos delitos, cuando se cometen en “Beneficio
del y para el pueblo” desfavoreciendo directamente al propietario.
Referencias consultadas
Referencias bibliográficas:
Código civil (1982). Gaceta Oficial de la República Bolivariana
de Venezuela, 2.990 (Extraordinaria). Julio 26,1982.
Código penal (2005). Gaceta Oficial de la República Bolivariana
de Venezuela, 5.768 (Extraordinario). Abril 13, 2005.
Constitución de la República Bolivariana
de Venezuela (1999). Gaceta Oficial de
la República Bolivariana de Venezuela, 36.860 (Extraordinaria). Diciembre 30, 1999.
Referencias web:
Márquez, T. (2013). Venezuela ¿Existe la propiedad privada?. Panam Post. [Consultado: Febrero 20, 2022] Disponible en: https://panampost.com/trinomarquez/2013/10/15/venezuela-existe-la-propiedad-privada/
Observatorio Venezolano de Violencia. (2020). Delitos contra la propiedad privada en Caracas. [Consultado: Febrero 20, 2022]. Disponible en: https://observatoriodeviolencia.org.ve/news/delitos-contra-la-propiedad-privada-en-caracas/
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